Micelio

Artículo 1

Decreto 313 de 1922 · Por el cual se dicta una providencia relacionada con la Sociedad Cruz Roja Colombiana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTÍCULO ÚNICO. Reconocese la Sociedad Nacional Cruz Roja Colombiana , como auxiliar del servicio sanitario del Ejército, con dependencia del Ministerio de Guerra en tal servicio. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 313 de 1922