º. La estadística de las Instituciones mencionadas en el artículo anterior se centralizará en la Sección correspondiente al Departamento Nacional de Higiene.
Decreto 593 de 1932 →Vigente
Artículo 3
La Estadística De Las Instituciones Mencionadas En El Artículo Anterior Se Centralizará En La Sección Correspondiente Al Departamento Nacional De Higiene
Decreto 593 de 1932 · Por el cual se reglamenta la inspección de los establecimientos de higiene, beneficencia y asistencia pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.