Micelio

Artículo 5

Dentro De Los 30 Días Siguientes A La Fecha En Que Venza El Termino Sin Alado En El Artículo 2° De Este Decreto Para La Presentación De Las Solicitudes De Auxilio, La Junta Procederá A Formar Un Censo De Los Damnificados, Con Expresión De La Clase De Danos Que Haya Sufrido Cada Uno, Y De Su Valor

Decreto 2563 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 94 de 1939, en cuanto concede un auxilio a los damnificados por el incendio ocurrido el 15 de julio de 1939en la población de La Vega, del Departamento de Cundinamarca

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que venza el termino sin alado en el artículo 2° de este decreto para la presentación de las solicitudes de auxilio, la junta procederá a formar un censo de los damnificados, con expresión de la clase de danos que haya sufrido cada uno, y de su valor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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