Micelio

Artículo 22

Son Funciones De La División De Investigación Y Proyectos Las Siguientes: A) Definir El Marco Conceptual Que Sirva De Referencia A Los Planes Que En La Dirección Se Realicen Y Que Estén De Acuerdo Con El Desarrollo Económico, Social Y Político Del País; B) Realizar Los Estudios Necesarios Para Fijar Metas, Principios Y Formas De Desarrollo Comunitario; C) Adelantar Investigaciones Sobre Experiencias De Las Comunidades, De Formas Organizativas, Institucionales O No Institucionales En Formas De Interrelación De Métodos Y Técnicas; D) Realizar Y Promover Investigaciones Periódicas Sobre La Dinámica De Las Organizaciones Cívicas Y Sus Actividades Comunitarias; E) Identificar Y Definir Contenidos, Criterios Pedagógicos Y Metodológicos Para Ser Adoptados En El Diseño De Los Proyectos Y Políticas De La Dirección; F) Formar A Los Funcionarios De La Dirección Para Que Sirvan De Multiplicadores De Las Acciones De La Dirección; G) Diseñar Proyectos Demostrativos, De Autogestión Y Participación Que Contribuyan Al Desarrollo Comunitario, Atendiendo A Su Organización; H) Realizar Estudios Sobre Nuevas Formas De Organización Social Y Estimular La Creación De Organismos De Grado Superior De Las Distintas Formas Asociativas; I) Investigar Y Desarrollar Proyectos Para La Debida Protección De Las Minorías Raciales Y Étnicas; J) Realizar Estudios E Investigaciones Sobre Las Migraciones Internas Que Se Efectúen En El País Y El Impacto Social Que Ello Genera; K) Las Demás Funciones Que Le Sean Asignadas De Acuerdo A La Naturaleza Del Área

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Investigación y Proyectos las siguientes

a)

Definir el marco conceptual que sirva de referencia a los planes que en la Dirección se realicen y que estén de acuerdo con el desarrollo económico, social y político del país;

b)

Realizar los estudios necesarios para fijar metas, principios y formas de desarrollo comunitario;

c)

Adelantar investigaciones sobre experiencias de las comunidades, de formas organizativas, institucionales o no institucionales en formas de interrelación de métodos y técnicas;

d)

Realizar y promover investigaciones periódicas sobre la dinámica de las organizaciones cívicas y sus actividades comunitarias;

e)

Identificar y definir contenidos, criterios pedagógicos y metodológicos para ser adoptados en el diseño de los proyectos y políticas de la Dirección;

f)

Formar a los funcionarios de la Dirección para que sirvan de multiplicadores de las acciones de la Dirección;

g)

Diseñar proyectos demostrativos, de autogestión y participación que contribuyan al desarrollo comunitario, atendiendo a su organización;

h)

Realizar estudios sobre nuevas formas de organización social y estimular la creación de organismos de grado superior de las distintas formas asociativas;

i)

Investigar y desarrollar proyectos para la debida protección de las minorías raciales y étnicas;

j)

Realizar estudios e investigaciones sobre las migraciones internas que se efectúen en el país y el impacto social que ello genera;

k)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2035 de 1991