º Dentro de los quince (15) días siguientes a la expedición de este Decreto, los gobernadores y el Alcalde del Distrito Especial de Bogotá, expedirán normas análogas a las del Decreto Nacional 1028 de 1984 para fijar hasta el 31 de diciembre de 1985 el valor máximo de las nóminas de personal de la administración pública en sus respectivas jurisdicciones territoriales, el cual no podrá ser superior al que tuvieren el 31 de marzo del presente año.
Artículo 1
Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes A La Expedición De Este Decreto, Los Gobernadores Y El Alcalde Del Distrito Especial De Bogotá, Expedirán Normas Análogas A Las Del Decreto Nacional 1028 De 1984 Para Fijar Hasta El 31 De Diciembre De 1985 El Valor Máximo De Las Nóminas De Personal De La Administración Pública En Sus Respectivas Jurisdicciones Territoriales, El Cual No Podrá Ser Superior Al Que Tuvieren El 31 De Marzo Del Presente Año
Decreto 910 de 1985 · Por el cual se ordena fijar el valor máximo de las nóminas de personal de las entidades territoriales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.