Quedan reformados en estos .términos los artículos. 5.°, 6.°, 7.°, 8.°, 9.°, 10 y 11 del Decreto número 592 bis, de 10 de Diciembre de 1909, y los artículos 1.°, 2.°, 3.°, 4°, 5.°, 6.°, 7°,8.°, 9.° 10, 11 y 12 del Decreto número 65 de 29 de Enero del presente año. Este Decreto empezará á regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Decreto 264 de 1910 →Vigente
Artículo 12
Quedan Reformados En Estos
Decreto 264 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre reconocimiento y ordenación de gastos nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.