Micelio

Artículo 34

Decreto 1218 de 1986 · por el cual se aprueban los Estatutos Internos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo treinta y cuatro . TUTELA. La Zona Franca cumplirá sus funciones en coordinación y bajo la orientación, tutela y control del Ministerio de Desarrollo Económico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1218 de 1986