En la documentación que los Directores enviaren a las autoridades a quienes corresponda resolver sobre solicitudes de libertad condicional, cesación de la medida, rebajas de pena y demás beneficios legales encaminados a la obtención de la libertad del recluso, se incluirá siempre certificación sobre si este ha trabajado en el Establecimiento y la forma como lo ha llevado a efecto.
Artículo 333
En La Documentación Que Los Directores Enviaren A Las Autoridades A Quienes Corresponda Resolver Sobre Solicitudes De Libertad Condicional, Cesación De La Medida, Rebajas De Pena Y Demás Beneficios Legales Encaminados A La Obtención De La Libertad Del Recluso, Se Incluirá Siempre Certificación Sobre Si Este Ha Trabajado En El Establecimiento Y La Forma Como Lo Ha Llevado A Efecto
Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.