Micelio

Artículo 333

En La Documentación Que Los Directores Enviaren A Las Autoridades A Quienes Corresponda Resolver Sobre Solicitudes De Libertad Condicional, Cesación De La Medida, Rebajas De Pena Y Demás Beneficios Legales Encaminados A La Obtención De La Libertad Del Recluso, Se Incluirá Siempre Certificación Sobre Si Este Ha Trabajado En El Establecimiento Y La Forma Como Lo Ha Llevado A Efecto

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la documentación que los Directores enviaren a las autoridades a quienes corresponda resolver sobre solicitudes de libertad condicional, cesación de la medida, rebajas de pena y demás beneficios legales encaminados a la obtención de la libertad del recluso, se incluirá siempre certificación sobre si este ha trabajado en el Establecimiento y la forma como lo ha llevado a efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1817 de 1964