º. Si el Superintendente o cualquiera de los funcionarios al servicio de la Superintendencia, viola la reserva comercial, o hace uso indebido de cualquier información obtenida en el desempeño de su cargo, será inmediatamente destituido, y el respectivo superior pondrá la denuncia del caso ante la autoridad competente, a fin de que se apliquen los artículos173, 279 y 306 y demás pertinentes del Código Penal.
Decreto 1084 de 1940 →Vigente
Artículo 2
Si El Superintendente O Cualquiera De Los Funcionarios Al Servicio De La Superintendencia, Viola La Reserva Comercial, O Hace Uso Indebido De Cualquier Información Obtenida En El Desempeño De Su Cargo, Será Inmediatamente Destituido, Y El Respectivo Superior Pondrá La Denuncia Del Caso Ante La Autoridad Competente, A Fin De Que Se Apliquen Los Artículos173, 279 Y 306 Y Demás Pertinentes Del Código Penal
Decreto 1084 de 1940 · Por la cual se reglamentan algunas disposiciones de la Ley 58 de 1931
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.