Micelio

Artículo 1

Decreto 3593 de 1981 · Por el cual se modifica el artículo primero del Decreto número 1200 de mayo 11 de 1981

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . El artículo primero del Decreto número 1200 de mayo 11 de 1981 dirá así: "Autorízase a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para gestionar conjunta o separadamente, a nombre del Gobierno Nacional, un crédito externo hasta por setenta y nueve millones cuatrocientos mil dólares (US$ 79.400.000) de los Estados Unidos de América, con un plazo mínimo de diez (10) años, contados a partir de la fecha de firma del contrato, incluido un período de gracia mínimo de dos y medio (2 ½ ) años, para su total amortización, interés máximo sobre saldos deudores de ocho por ciento (8%) anual destinado a financiar el 85% del valor del material con destino al Ejército Nacional".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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