Micelio

Artículo 3

Las Empresas Que Presten El Servicio Bajo Las Reglas De Los Artículos 1 Y 2 Del Presente Decreto Deberán Coordinar, Con Las Autoridades Militares O De Policía, Las Condiciones De Horarios; Recorridos E Infraestructura Que Ofrezcan Las Debidas Condiciones De Seguridad Antes De Iniciar Los Recorridos

Decreto 120 de 2025 · Por el cual se dictan medidas extraordinarias para el sector transporte en e/ marco del Estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del Departamento del Cesar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas que presten el servicio bajo las reglas de los artículos 1 y 2 del presente decreto deberán coordinar, con las autoridades militares o de policía, las condiciones de horarios; recorridos e infraestructura que ofrezcan las debidas condiciones de seguridad antes de iniciar los recorridos. Asimismo, estas empresas coordinaran con la Dirección Territorial del Instituto Nacional de Vías -Invías-, las condiciones de transitabilidad frente a recorridos por infraestructuras alternativas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 120 de 2025