Micelio

Artículo 8

Cuando Se Trate De Prestar Servicio A Fincas, Ferias O Exposiciones, Iluminaciones Especiales O A Industrias De Carácter Temporal (Tales Como Desmontadoras, Moledoras, Descascaradoras, Etc

Decreto 1606 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 109 de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cuando se trate de prestar servicio a fincas, ferias o exposiciones, iluminaciones especiales o a industrias de carácter temporal (tales como desmontadoras, moledoras, descascaradoras, etc., etc.), las empresas podrán establecer para cada caso tarifas convencionales, dando aviso al Ministerio de Industrias y Trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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