Micelio

Artículo 14

Funciones De La Vicepresidencia De Operaciones

Decreto 122 de 2022 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Vicepresidencia de Operaciones . Son funciones de la Vicepresidencia de Operaciones las siguientes: Planear, coordinar, dirigir, definir, ejecutar y controlar los programas y procesos operativos relacionados con los productos, servicios bancarios, convenios, programas especiales del Gobierno nacional, clientes, canales de distribución, desembolsos y redescuento, asegurando que se cumplan los requisitos necesarios y los acuerdos de niveles de servicio definidos. Planear, liderar, asesorar y coordinar las actividades necesarias para orientar estratégicamente las políticas y procesos de la operación bancaria. Coordinar y asegurar que las transacciones bancarias, sean recibidas, procesadas y conciliadas. Suministrar información oportuna y confiable a los entes autorizados gestionada por la Vicepresidencia. Coordinar, armonizar y definir con las dependencias que intervienen en el proceso de crédito, las acciones necesarias para garantizar los tiempos de respuesta definidos en los procedimientos operativos. Planear, coordinar, identificar y dirigir la gestión operativa, administrativa, tecnológica y de talento humano en las oficinas regionales, asegurando la operación bancaria y los elementos necesarios para la prestación de los servicios. Administrar a nivel nacional la operación bancaria de los productos, servicios bancarios, convenios, canales, programas especiales, contenidos en el portafolio del Banco, controlando los resultados de los mismos, bajo niveles de optimización y aseguramiento operativo. Planear, dirigir, ejecutar y controlar los procedimientos operativos de depósitos judiciales, embargos y desembargos. Coordinar la administración efectiva de la información referida a los títulos valores que sustentan las operaciones bancarias. Dirigir, supervisar y controlar los procesos y operaciones a cargo de Tesorería, dando cumplimiento a las operaciones negociadas y registradas en los portafolios de inversiones por la Vicepresidencia Financiera. Coordinar, con la Vicepresidencia de Banca Empresarial y Oficial y Vicepresidencia de Banca Agropecuaria, la implementación de proyectos e iniciativas que permitan el fortalecimiento de canales, productos, servicios y convenios. Dirigir y garantizar la efectividad de la relación y cumplimiento de acuerdos de niveles de servicio con los Bancos de segundo piso. Orientar, coordinar y dirigir funcionalmente la elaboración de diagnósticos y proyecciones referentes a la actividad operativa. Administrar operativamente los canales de distribución del Banco y definir sus políticas de operación. Liderar, monitorear y gestionar operativamente los procedimientos, actividades y tareas que demanda la gestión los procesos a cargo de la Vicepresidencia. Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades operativas ejecutadas por la red de oficinas, canales físicos, virtuales y electrónicos. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los Estatutos Sociales, los reglamentos, normas y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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