Micelio

Artículo 1

Modificación

Decreto 1181 de 2021 · Por el cual se modifica el parágrafo transitorio del artículo 2.5.1.4.7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, sobre el período y elección de los delegados ante el Espacio Nacional de Consulta Previa de las medidas legislativas y administrativas de carácter general, susceptibles de afectar directamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación. Modificar et·

Parágrafo transitorio

del artículo 2.5.1.4.7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1372 de 2018, y modificado por los Decretos 496 y 1764 de 2020, el cual quedará así: "

Parágrafo transitorio

Para el caso del primer período de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su período culmina el 30 de septiembre de 2022.' El proceso de elección de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras para un nuevo período, iniciará en el mes de julio de 2022 y su período institucional comenzará el 1 de octubre de 2022, sin necesidad de un acto formal de instalación".

Parágrafo transitorio

Artículo 2.5.1.4.7. DECRETO 1066 de 2015

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1181 de 2021