Micelio

Artículo 3

Decreto 2736 de 2000 · por el cual se fijan los límites máximos de asignaciones salariales de los Gobernadores y Alcaldes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir de 1º de enero de 2000, atendiendo la categorización establecida en la Ley 136 de 1994, el monto máximo salarial que podrán autorizar los Concejos Municipales y Distritales al momento de establecer los salarios del respectivo Alcalde, será

1.

En aquellos distritos o municipios de categoría especial, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será seis millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento treinta y dos pesos ($6.457.132).

2.

En aquellos distritos o municipios de primera categoría, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será de cinco millones ciento sesenta y cinco mil setecientos seis pesos ($5.165.706).

3.

En aquellos distritos o municipios de segunda categoría, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será de tres millones ochocientos setenta y cuatro mil doscientos setenta y nueve pesos ($3.874.279).

4.

En aquellos distritos o municipios de tercera categoría, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será tres millones noventa y nueve mil cuatrocientos veinticuatro pesos ($3.099.424).

5.

En aquellos distritos o municipios de cuarta categoría, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será dos millones quinientos ochenta y dos mil ochocientos cincuenta y tres pesos ($2.582.853).

6.

En aquellos distritos o municipios de quinta categoría, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será dos millones sesenta y seis mil doscientos ochenta y tres pesos ($2.066.283).

7.

En aquellos distritos o municipios de sexta categoría, el límite máximo de la asignación salarial mensual de los alcaldes será un millón quinientos cuarenta y nueve mil setecientos doce pesos ($1.549.712).

Parágrafo

La asignación salarial mensual a que se refiere el presente artículo comprende tanto al salario básico como a los gastos de representación del respectivo funcionario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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