Los Comandos Superiores son los centros de control sobre los castigos disciplinarios, servicio de instrucción de las tropas, administración económica etc., de conformidad con las leyes y reglamentos especiales para cada ramo; y deberán remitir al Ministerio de Guerra, una distribución de tiempo de los grandes ejercicios y maniobras que hayan de efectuarse.
Decreto 1228 de 1927 →Vigente
Artículo 15
Los Comandos Superiores Son Los Centros De Control Sobre Los Castigos Disciplinarios, Servicio De Instrucción De Las Tropas, Administración Económica Etc
Decreto 1228 de 1927 · Por el cual se reglamenta la organización del Ejército.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.