Con el mismo carácter de transitorio se autoriza al Poder Ejecutivo para ordenar y hacer los gastos de la Administración pública durante el año económico de 1883 á 1884, hasta por la suma de seis millones setecientos cuarenta y cuatro mil pesos, en esta forma: Política interior$210,000Justicia42,200Territorios nacionales21,200Beneficencia y recompensas72,000Relaciones Exteriores245,000Guerra y Marina1.400,000Instrucción pública340,000Tesoro106,000Pasan$2.436,400Vienen$2.436,400Deuda nacional1.800,000Bienes desamortizados14,800Hacienda1.100,000Fomento675,000Obras públicas200,000Correos y Telégrafos482,800Agricultura35,000Total$6.744,000
Ley 31 de 1883 →Vigente
Artículo 2
Ley 31 de 1883 · Sobre presupuesto transitorio de rentas y gastos para el servicio económico de 1883 a 1884
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.