Micelio

Artículo 4

Ley 40 de 1941 · Por el cual se decretan unos auxilios con motivo de una calamidad pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno financiara esta Ley en la forma que lo crea conveniente, hará traslados, abrirá créditos y tomara todas las providencias necesarias para su rápido cumplimiento sin que tenga que sujetarse a la Ley 64 de 1931 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1941