Micelio

Artículo 10

Decreto 1230 de 1995 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Ejercer funciones de Secretaría de la Junta Directiva y de la Dirección del Instituto.

2.

Participar en el establecimiento, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, de los objetivos a cumplir por el Instituto para el cabal desarrollo de sus funciones durante el año siguiente, así como los planes que incluyan los recursos presupuestados necesarios y las estrategias que habrán de seguir para el logro de esos objetivos, de tal manera que los mismos puedan ser evaluados de acuerdo con los indicadores que se diseñen para cada caso.

3.

Dirigir y coordinar las actividades de comunicación y divulgación institucionales.

4.

Coordinar y evaluar el desarrollo de las funciones de la Escuela Nacional del Deporte y el Centro de Alto Rendimiento y ejercer sobre éstas el control de gestión pertinente.

5.

Coordinar y evaluar el desarrollo de las funciones de las juntas seccionales de deportes y ejercer sobre éstas el control de gestión pertinente.

6.

Coordinar y evaluar el flujo de información requerido para que las decisiones de la Junta Directiva y de la Dirección sean ejecutadas adecuada y oportunamente por las demás dependencias.

7.

Coordinar con las demás dependencias, particularmente con la Oficina Jurídica, la elaboración de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos que deban someterse a consideración de las autoridades competentes.

8.

Coordinar, con las subdirecciones y con la Oficina Jurídica, la preparación de los convenios con entidades de los sectores público, privado, nacionales o extranjeros, para el desarrollo de su objeto sea del deporte, la recreación, y la educación física de acuerdo con las normas legales vigentes. 9º. Ejercer, de acuerdo con su competencia, control sobre las obligaciones que la Ley 181 de 1995 le impone a las instituciones de educación superior, públicas y privadas. 10. Refrendar los actos administrativos de la Junta Directiva y la Dirección del Instituto. 11. Llevar la representación de la Dirección del Instituto en los asuntos que ésta le delegue, y coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, las relaciones internacionales del mismo. 12. Conceptuar y proponer los términos de la cooperación técnica y deportiva de carácter internacional, en coordinación con las demás dependencias del Instituto y organismos relacionados con su objeto. 13. Recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión del Instituto. 14. Presentar un informe trimestral compilado a la Comisión Ciudadana de Lucha Contra la Corrupción, sobre las principales quejas y reclamos, así como la solución que se dio a las mismas. 15. Preparar la información que le solicite la Dirección. 16. Operar el sistema de información de su competencia. 17. Adelantar las demás funciones que le asignen las normas legales y las autoridades competentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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