Micelio

Artículo 10

Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si un mismo agente comete a la vez infracciones militares y comunes, que no tengan relaciones de conexidad, cuya investigación se adelante en un mismo proceso, o en procesos separados, la autoridad militar conoce de las primeras y la ordinaria de las segundas, salvo las excepciones establecidas en este Código.

En este caso, la respectiva autoridad debe remitir a la otra, copia de las diligencias correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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