Micelio

Artículo 8

Operación De Equipos Que Se Encuentren Fuera De La Zona Franca Objeto Del Presente Decreto

Decreto 2682 de 2014 · por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Costa Afuera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Operación de equipos que se encuentren fuera de la Zona Franca objeto del presente decreto . El usuario industrial de bienes y/o servicios, podrá tener y utilizar los equipos que sean indispensables exclusivamente para el traslado de los hidrocarburos entre las áreas costa afuera y las áreas continentales o insulares declaradas como Zona Franca, tales como oleoductos, gasoductos, buques y terminales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2682 de 2014