Micelio

Artículo 2.2.3.15.3.3

Etapas De Implementación

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Etapas de implementación. Para efectos de la implementación del plan de fortalecimiento y coordinación de que trata el presente capítulo se tendrán en cuenta las siguientes etapas:

Etapa 1. Planeación: Gestión de recursos, preparación y evaluación de alternativas, de acuerdo con la información recopilada por los entes rectores frente a talento humano, cualificación, infraestructura física, infraestructura tecnológica y de soporte, además de los recursos de operación.

Etapa 2. Inversión: A partir del cumplimiento de la etapa 1, los entes rectores realizarán las gestiones presupuestales y contractuales necesarias para asegurar la implementación de las acciones identificadas y priorizadas para el fortalecimiento de las Defensorías de Familia, Comisarías de Familia y demás autoridades administrativas del Sistema Nacional de Justicia Familiar.

El plan deberá contener criterios de sostenibilidad financiera, técnica y operativa para las Defensorías de Familia, Comisarías de Familia y demás autoridades administrativas del Sistema Nacional de Justicia Familiar para que, agotadas las etapas 1 y 2, el fortalecimiento sea progresivo y garantice la mejora continua.

El plan de fortalecimiento descrito en el presente capítulo se desarrollará de manera progresiva e iniciará su ejecución dentro del año siguiente a la formulación del plan por parte de los entes rectores, conforme lo descrito en el artículo anterior.

Los entes rectores, en el marco de sus competencias, adelantarán las gestiones necesarias para obtener las apropiaciones presupuestales que permitan implementar el plan de fortalecimiento indicado en el presente artículo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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