Micelio

Artículo 1

Ley 37 de 1919 · "por la cual se declaran nacionales unas vías públicas."

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárase vía nacional la que partiendo de Chípaque, en el camino nacional de Oriente, conduce a San Juanito y sigue hasta el río Meta por territorio de la Intendencia del mismo nombre, pasando además por jurisdicción de los Municipios de Ubaque, Choachí y Fómeque.

Formará parte integrante de esta vía nacional, el camino que de Ubaque conduce a San Cristóbal de esta ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1919