º. Las parcelaciones a que se refieren los artículos siguientes, tendrán por objeto principal el incremento de la producción agrícola mediante la adjudicación de tierras, ya sea en propiedad o en usufructo, arrendamiento etc., a los trabajadores del campo que carezcan de ellas, y comprueben su capacidad para explotarlas económicamente.
Decreto 2365 de 1944 →Vigente
Artículo 14
Las Parcelaciones A Que Se Refieren Los Artículos Siguientes, Tendrán Por Objeto Principal El Incremento De La Producción Agrícola Mediante La Adjudicación De Tierras, Ya Sea En Propiedad O En Usufructo, Arrendamiento Etc
Decreto 2365 de 1944 · Sobre régimen de tierras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.