Cuando se ausente de la capital de la República; en ejercicio de su cargo, el Gerente General designará el funcionario de la Empresa que deba atender el despacho de los asuntos urgentes.
Decreto 811 de 1969 →Vigente
Artículo 24
Cuando Se Ausente De La Capital De La República; En Ejercicio De Su Cargo, El Gerente General Designará El Funcionario De La Empresa Que Deba Atender El Despacho De Los Asuntos Urgentes
Decreto 811 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Colombiana de Productos Veterinarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.