Micelio

Artículo 5

Artículo 21. Competencia De Los Jueces De Familia En Única Instancia

Ley 2388 de 2024 · por medio de la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 21 de la Ley 1564 de 2012 , en el sentido de adicionar un numeral así:

Artículo 21. Competencia de los jueces de familia en única instancia. Los jueces de familia conocen en única instancia de los siguientes asuntos:

(…)

21.

De la declaración como hijo/a de crianza así como el reconocimiento como padre o madre de crianza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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