Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2708 de 1994 · por el cual se fijan las condiciones y el porcentaje de participación de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, en la constitución de la Compañía Oleoducto Central S.A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Empresa Colombiana de Petróleos participará inicialmente hasta con un veinticinco por ciento (25%) del capital social, bien sea en dinero o activos de su propiedad, dentro de las condiciones que se establecen en el presente Decreto y en los estatutos que adopte la compañía, pero no ejercerá el derecho de preferencia sobre negociación de acciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2708 de 1994