El Artículo 29° De Los Estatutos Del Fondo Para El Financiamiento Del Sector Agropecuario, Finagro, Quedará Así: "artículo 29
Decreto 38 de 2010 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El artículo 29° de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, quedará así: "Artículo 29. Actas de la asamblea. De lo ocurrido en las reuniones de la Asamblea General se dejará constancia en un libro de actas debidamente registrado. Estas serán firmadas por el Presidente de la Asamblea y su Secretario.
Parágrafo
El Revisor Fiscal enviará a la Superintendencia Financiera dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al de la reunión, copia autorizada del acta de la respectiva Asamblea".
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.