Si el Consejo llega a la conclusión de que el hecho cometido no constituye el delito por el cual se hizo el llamamiento a juicio, el Presidente dicta sentencia en que así lo declara, y ordena que se remita el negocio al Inspector General de las Fuerzas Armadas para que provea lo conducente.
Decreto 2900 de 1953 →Vigente
Artículo 120
Si El Consejo Llega A La Conclusión De Que El Hecho Cometido No Constituye El Delito Por El Cual Se Hizo El Llamamiento A Juicio, El Presidente Dicta Sentencia En Que Así Lo Declara, Y Ordena Que Se Remita El Negocio Al Inspector General De Las Fuerzas Armadas Para Que Provea Lo Conducente
Decreto 2900 de 1953 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.