Micelio

Artículo 97

Ley 85 de 1915 · Sobre régimen de las Aduanas de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si los objetos abandonados o decomisados fueren fungibles o susceptibles por eso de desmejorarse o corromperse, corresponde al empleado de Hacienda que ha de autorizar el remate, fijar la fecha y la hora en que éste ha de tener lugar, y se verificará, previo el correspondiente anuncio, en postura libre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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