Entidades autorizadas para interactuar con el Sistema Integrado de Seguridad en la expedición de certificados de aptitud. Solamente podrán interactuar con el Sistema Integrado de Seguridad las instituciones a expedir los certificados de aptitud psicofísica para el porte o tenencia de armas de fuego, que previamente cuenten con el acto administrativo de inscripción en el Registro ante el Ministerio de Defensa –Dirección General de Sanidad Militar– Subdirección de Servicios de salud, además con la inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud, que tengan habilitación vigente como prestadores de salud por las Secretarías de Salud correspondientes en la modalidad de objeto social diferente y con acreditación vigente como organismos de certificación de personas.
Para aquellas instituciones que pretendan expedir certificados de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego para vigilantes, escoltas y supervisores, se requerirá certificado de salud ocupacional.