Ley 118 de 1928 · Por la cual se adiciona la Ley 11 de 1920, sobre importación y venta de drogas que formen hábito pernicioso, y se dictan otras disposiciones relativas al servicio de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las drogas y especialidades farmacéuticas que en concepto de la Dirección Nacional de Higiene puedan formar hábito pernicioso, lo mismo que las jeringuillas para aplicarlas, no podrán importarse por encomiendas postales.
Exceptuanse las destinadas a hospitales y casas de salud, las cuales solo podrán ser importadas por encomiendas postales, mediante autorización del respectivo Director de higiene y Asistencia Pública.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.