Micelio

Artículo 1

Declárase Que El Sector Antiguo De La Ciudad De Cali A Que Se Refiere El Parágrafo Del Artículo 4 De La Ley 163 De 1959 Es El Comprendido Entre Las Carreras 3 Y 6 Y Calles 5 Y 8 De La Actual Nomenclatura

Decreto 789 de 1971 · por el cual se declara zona histórica un sector de la ciudad de Cali.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárase que el sector antiguo de la ciudad de Cali a que se refiere el

Parágrafo

del artículo 4 de la Ley 163 de 1959 es el comprendido entre las carreras 3 y 6 y calles 5 y 8 de la actual nomenclatura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 789 de 1971