Micelio

Artículo 2

Decreto 740 de 1901 · por el cual se deroga un Decreto de carácter legislativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2 ° El Cuerpo de Policía Nacional continuará bajo la dirección inmediata del Sr. Ministro de Guerra, Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 740 de 1901