Micelio

Artículo 11

Ley 43 de 1905 · Sobre procedimientos especiales en materia criminal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11 Si faltaren las pruebas indicadas en el artículo 8, o algunas de ellas, se ampliara el sumario en el perentorio término de quince días. Más si no hubiere diligencia que practicar , declaración que recibir ni cita que evacuar, ó si ampliado el sumario en los términos indicados faltaren todavía dichas pruebas, el prefecto dictará auto de sobreseimiento dentro de tres día después de practicada la última diligencia, declarará suspendida temporalmente la investigación, y librará orden de libertad a favor del sindicado ó sindicados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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