Micelio

Artículo 352

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que infundiendo, de cualquier modo, temor de graves peligros, para la persona, el honor los bienes o simulando orden de una autoridad, obligue a otro a enviar, depositar o poner a disposición del culpado dinero, casas o documentos que tengan efecto jurídico, cualquiera que sea, incurrirá en reclusión por diez y seis meses a seis años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 109 de 1922