Articulo 1º Créase en la Presidencia de la República el cargo de Consejero ad honorem con el fin de coordinar todas las tareas relacionadas con la ejecución del Plan de Reconstrucción de Popayán y demás municipios afectados por el terremoto que tuvo lugar el 31 de marzo de 1983. Además, el Consejero ejercerá las funciones que le asigne el Presidente de la República.
Decreto 1000 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Créase En La Presidencia De La República El Cargo De Consejero Ad Honorem Con El Fin De Coordinar Todas Las Tareas Relacionadas Con La Ejecución Del Plan De Reconstrucción De Popayán Y Demás Municipios Afectados Por El Terremoto Que Tuvo Lugar El 31 De Marzo De 1983
Decreto 1000 de 1983 · Por el cual se crea un cargo en el Departamento Admiistrativo de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.