Micelio

Artículo 18

Decreto 3593 de 1982 · Por el cual se reglamenta el literal h) del artículo 2º del Decreto-ley 129 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 18 . De acuerdo con lo dispuesto por los Decretos 2005 y 1355 de 1970, se prohíbe a, los propietarios o arrendatarios de salas de cine

a)

Pasar por cinematógrafo, en sala o sitio abierto al público película que no haya sido previamente, autorizada por el Comité de Clasificación de películas;

b)

Exhibir o anunciar públicamente películas que no hayan sido clasificadas por el Comité;

c)

Exhibir en un mismo espectáculo películas, de diferentes clasificaciones, o acompañarlas de avances o documéntales que no concuerden con la clasificación de las mismas, a menos que él espectáculo se anuncie con la clasificación o la edad mayor correspondiente;

d)

Permitir la entrada a los espectáculos cinematográficos de personas menores de la edad indicada en la respectiva clasificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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