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Artículo 29

Funciones De La Dirección De Desarrollo Social

Decreto 195 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Desarrollo Social . Son funciones de la Dirección de Desarrollo Social las siguientes

1.

Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en el ámbito de los sectores educación, salud, cultura, deporte y recreación, mercado laboral, pensiones, riesgos profesionales, familia, juventud y niñez, en coordinación con los organismos y entes pertinentes.

2.

Formular políticas, así como orientar y promover planes, programas, estudios técnicos y proyectos de inversión en los sectores de su competencia junto con los organismos y entidades pertinentes.

3.

Formular documentos de política, en los temas de su competencia, que orienten las acciones del gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo.

4.

Desarrollar y orientar el seguimiento, control y evaluación a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos y recomendar las modificaciones necesarias.

5.

Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional en los sectores de su competencia.

6.

Evaluar los planes, programas y proyectos de inversión de las entidades de los que competen a esta dirección para fundamentar los conceptos técnicos respectivos y su posible incorporación al Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional en función de necesidades y del Plan Nacional de Desarrollo.

7.

Colaborar en la preparación de normas sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar las políticas, planes, programas y proyectos en los sectores de su competencia, en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica.

8.

Apoyar técnicamente la conformación, consolidación y mantenimiento de los sistemas de Protección Social y de Manejo Social del Riesgo en el país.

9.

Brindar asistencia técnica en aspectos específicos frente a la demanda de las entidades del sector en relación con las políticas y programas de inversión de los sectores de su competencia.

10.

Definir criterios para la distribución del Sistema General de Participaciones para educación y salud en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de la Protección Social.

11.

Apoyar a la Dirección de Desarrollo Territorial en la distribución del Sistema General de Participaciones para educación y salud con base en los criterios definidos.

12.

Apoyar técnicamente a los organismos y entidades públicas en la preparación y presentación de programas y proyectos sociales que serán financiados con recursos del crédito, en coordinación con la Subdirección de Crédito.

13.

Analizar el comportamiento del gasto público social en los sectores de su competencia para mejorar su efectividad.

14.

Diseñar las políticas sociales del Plan Nacional de Desarrollo y evaluar su impacto en función del desarrollo humano sostenible, la reducción de la pobreza y la desigualdad social, y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en general.

15.

Colaborar en la formulación, puesta en marcha y seguimiento de los sistemas de información en los sectores competencia de la dirección.

16.

Adecuar, sistematizar y mantener en funcionamiento un banco de las principales fuentes primarias de información social.

17.

Participar en el diseño e implementación del Sistema de Evaluación de Gestión y Resultados de la administración en los temas de su competencia, en coordinación con la Dirección de Evaluación de Políticas Públicas del Departamento.

18.

Diseñar, desarrollar y perfeccionar instrumentos de focalización que permitan racionalizar el gasto público social.

19.

Diseñar, poner en marcha y evaluar tecnologías para la focalización y orientar a la sociedad sobre los propósitos de estas tecnologías, en cuanto a su función de control en su correcta aplicación.

20.

Diseñar instrumentos de recolección de datos, elaborar indicadores de tipo social y brindar capacitación en el tema.

21.

Formular y promover la política de población a nivel nacional.

22.

Participar, en coordinación con la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas, en la programación, seguimiento y control del Presupuesto General de la Nación de los organismos y entidades públicas de la red institucional sectorial.

23.

Participar, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Urbano y Política Ambiental, en la elaboración de normas, formulación de políticas, programas y proyectos de desarrollo del sector que afecten el medio ambiente.

24.

Asesorar y apoyar a la Dirección de Desarrollo Urbano y Política Ambiental en la conformación y puesta en marcha del Sistema de Información Ambiental para el país, de acuerdo con su competencia.

25.

Asesorar y participar en la formulación del marco normativo y regulatorio del sistema de licenciamiento ambiental, en lo relativo a su sector.

26.

Participar y coordinar el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas e instrumentos de promoción para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y la propiedad intelectual, en los sectores de su competencia, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Empresarial.

27.

Presentar al Subdirector General las iniciativas de proyectos de inversión, que considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales en los temas de su competencia y ejercer la supervisión y coordinación de los proyectos de inversión, de conformidad con las normas que para el efecto se expidan.

28.

Aplicar gradualmente, con la asistencia de la Dirección de Desarrollo Urbano y de Política Ambiental, herramientas de planificación ambiental para el diseño y seguimiento de políticas sectoriales estratégicas para la sostenibilidad del desarrollo.

29.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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