Son funciones de la División Operativa
Atender, coordinar y ejecutar las operaciones de comprobación, liquidación, almacenamiento y finalización de los regímenes aduaneros conforme a las normas y procedimientos aplicables;
Responder ante el Administrador por la correcta constitución de garantías a favor de la Nación, mantener su archivo y efectuar el control para su cancelación o efectividad;
Ejercer las funciones establecidas en el presente Decreto para la División de Aforo en aquellas Administraciones de Aduana cuya estructura interna no contemple dicha dependencia;
Recibir la documentación presentada por los particulares relativas a los regímenes aduaneros;
Aplicar, liquidar y recaudar, según el caso, los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas o recargos y los demás gravámenes que se establecen para los regímenes aduaneros.