Definiciones . Modifícase el artículo 34 del Decreto número 358 de 2000, quedando así: Artículo 34. Definiciones . Para efectos de la excepción consagrada en el artículo 21 de la Ley 1185 de 2008 y dentro del contexto de este decreto, adóptase la siguiente definición: Festival o Muestra de Cine: Evento, único o de periodicidad no inferior a un año, realizado en el territorio nacional, en el que se presenten películas, con el propósito de valorar muestras cinematográficas o de otorgar a ellas premios o distinciones, y en los que se realicen actividades de formación o promoción de cultura o industria cinematográfica.
La programación cinematográfica de entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la formación de públicos podrá asimilarse a Festival o Muestra de Cine.