Son funciones de la Sección de Documentación
Recibir y radicar los memoriales y expedientes de recursos de competencia de la División;
Verificar el cumplimiento de los presupuestos procesales y desechar los recursos que no los cumplan, de acuerdo con el Decreto 1651 de 1961, el 3288 de 1963 y el 3192 y el 3193 de 1963 y el artículo 24 del Decreto 2821 de 1974, y resolver los recursos de reposición interpuestos contra los autos respectivos cuando sea procedente confirmarlos;
Repartir los expedientes a las Secciones respectivas de la División, de acuerdo con los programas y procedimientos establecidos por la División de Programación y Control y supervisar el movimiento de dichos expedientes;
Llevar el archivo y flujo de documentos conforme a las instrucciones impartidas por la Subdirección de Programación y Desarrollo;
Llevar estadísticas de entrada y salida de documentos, tiempos de proceso y recuperación y las demás que sean necesarias para facilitar la programación y el control;
Notificar las providencias dictadas por la División de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídica, de acuerdo con la ley, y
Informar a los contribuyentes o apoderados sobre el estado de sus negocios y atender el desglose de documentos.