Vicepresidencia de Promoción y Prevención . Son funciones de la Vicepresidencia de Promoción y Prevención, las siguientes
Prestar a las empresas afiliadas a la Administradora de Riesgos Profesionales - ARP los servicios de promoción de la salud y prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales - ATEP, con el fin de lograr la disminución de la frecuencia y severidad de los mismos.
Levantar el panorama de riesgos de las empresas afiliadas.
Evaluar las necesidades de promoción y prevención de la salud a nivel nacional.
Diseñar y ejecutar programas y planes orientados a la disminución de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales - ATEP.
Reclasificar las empresas afiliadas con base en la normatividad vigente.
Planear y coordinar la actualización permanente de los materiales de capacitación en salud ocupacional para los clientes.
Difundir entre los afiliados los planes y programas de promoción y prevención desarrollados por la empresa.
Capacitar y controlar la aplicación de los planes y programas desarrollados midiendo su impacto y beneficios sociales y económicos.
Ejecutar el proceso de investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Acompañar a la Vicepresidencia Comercial en el proceso de acercamiento para negocios nuevos y en el sostenimiento de los negocios vigentes.
Orientar y ejecutar la realización de eventos de promoción y prevención.
Coordinar la administración, las contrataciones y hacerle seguimiento a los indicadores de gestión de los Laboratorios de Higiene y Toxicología.
Analizar estadísticas de siniestralidad de la Administración de Riesgos Profesionales - ARP y realizar las recomendaciones para la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales - ATEP.
Aplicar los sistemas de vigilancia epidemiológica.
Realizar las investigaciones y estudios necesarios para el diseño y análisis de nuevos planes, productos y programas de promoción y prevención.
Realizar periódicamente los comités a los que haya lugar.
Preparar los informes que sean de su competencia requeridas por los entes de control.
Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en el área.
Las demás funciones que le señale el Presidente y las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales de la entidad, afín con el área y que no estén expresamente atribuidos a otra dependencia.