Micelio

Artículo 12

Decreto 3147 de 2008 · por el cual se establece la estructura de la Previsora Vida S. A. Compañía de Seguros y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia de Promoción y Prevención . Son funciones de la Vicepresidencia de Promoción y Prevención, las siguientes

1.

Prestar a las empresas afiliadas a la Administradora de Riesgos Profesionales - ARP los servicios de promoción de la salud y prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales - ATEP, con el fin de lograr la disminución de la frecuencia y severidad de los mismos.

2.

Levantar el panorama de riesgos de las empresas afiliadas.

3.

Evaluar las necesidades de promoción y prevención de la salud a nivel nacional.

4.

Diseñar y ejecutar programas y planes orientados a la disminución de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales - ATEP.

5.

Reclasificar las empresas afiliadas con base en la normatividad vigente.

6.

Planear y coordinar la actualización permanente de los materiales de capacitación en salud ocupacional para los clientes.

7.

Difundir entre los afiliados los planes y programas de promoción y prevención desarrollados por la empresa.

8.

Capacitar y controlar la aplicación de los planes y programas desarrollados midiendo su impacto y beneficios sociales y económicos.

9.

Ejecutar el proceso de investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

10.

Acompañar a la Vicepresidencia Comercial en el proceso de acercamiento para negocios nuevos y en el sostenimiento de los negocios vigentes.

11.

Orientar y ejecutar la realización de eventos de promoción y prevención.

12.

Coordinar la administración, las contrataciones y hacerle seguimiento a los indicadores de gestión de los Laboratorios de Higiene y Toxicología.

13.

Analizar estadísticas de siniestralidad de la Administración de Riesgos Profesionales - ARP y realizar las recomendaciones para la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales - ATEP.

14.

Aplicar los sistemas de vigilancia epidemiológica.

15.

Realizar las investigaciones y estudios necesarios para el diseño y análisis de nuevos planes, productos y programas de promoción y prevención.

16.

Realizar periódicamente los comités a los que haya lugar.

17.

Preparar los informes que sean de su competencia requeridas por los entes de control.

18.

Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en el área.

19.

Las demás funciones que le señale el Presidente y las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales de la entidad, afín con el área y que no estén expresamente atribuidos a otra dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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