Artículo segundo . El Director del departamento del Servicio Civil enunciará por la prensa la celebración de los concursos, indicando los empleos que van a proveerse y señalando el término para que los interesados presenten sus solicitudes.
Decreto 3118 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3118 de 1959 · por el cual se reglamenta el artículo 27 del Decreto extraordinario número 1153 de 1959.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.