Micelio

Artículo 2

Las Empresas De Transportes Del Río Magdalena Deberán Presentar Al Estudio Del Gobierno Unas Nuevas Tarifas Dentro Del Plazo De 180 Días, A Contar De La Promulgación Del Presente Decreto

Decreto 1259 de 1934 · Por el cual se derogan los Decretos números 2027 de 1933 y 222 y 402 del corriente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las empresas de transportes del río Magdalena deberán presentar al estudio del Gobierno unas nuevas tarifas dentro del plazo de 180 días, a contar de la promulgación del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1259 de 1934