Micelio

Artículo 235

- Capital Las Acciones De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero Se Dividirán En Cuatro Clases Así: Clase A Que Corresponde A Las Acciones Del Gobierno; Clase B, A Las De Los Bancos Suscriptores; Clase C, A Las De La Federación Nacional De Cafeteros, Y Clase D, A Las Del Público En General

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- CAPITAL Las acciones de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero se dividirán en cuatro clases así: Clase A que corresponde a las acciones del Gobierno; Clase B, a las de los bancos suscriptores; Clase C, a las de la Federación Nacional de Cafeteros, y Clase D, a las del público en general.

Parágrafo

- A fin de democratizar el capital, la Junta Directiva de la Caja Agraria podrá autorizar la emisión de acciones de la Clase “D” a fin de colocarlas entre los usuarios del crédito, los empleados de la entidad u otros accionistas privados.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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