Micelio

Artículo 2

Esta Inscripción De Instalaciones, Obras Y Servicios No Da Al Propietario De Ellos El Carácter De Empresario De Aeródromo A Menos De Que El Mismo Propietario Solicite Se Le Reconozca Tal Calidad, La Cual Podrá Atribuírsele Si Se Considera Conveniente

Decreto 1729 de 1936 · Por el cual se reglamenta el Registro Nacional de Aeródromos fluviales y marítimos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Esta inscripción de instalaciones, obras y servicios no da al propietario de ellos el carácter de empresario de aeródromo a menos de que el mismo propietario solicite se le reconozca tal calidad, la cual podrá atribuírsele si se considera conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1729 de 1936