Micelio

Artículo 8.61.3

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estados financieros: Deben presentarse estados financieros de períodos intermedios a nivel de subcuenta, debidamente certificados y dictaminados por el revisor fiscal, si lo hubiere, cuya fecha de corte no podrá ser superior a un mes respecto de la fecha de convocatoria a la reunión del máximo órgano social en el que se va a discutir la conversión para los clubes con deportistas profesionales. Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 Para los clubes de fútbol con deportistas profesionales que pertenecen a los grupos 1 y 2 de NIIF será necesario enviar los estados financieros contenidos en el Decreto 2024 de 2015 y normas que lo adicionen, modifiquen o aclaren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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