Micelio

Artículo 11

Funciones Del Presidente

Decreto 2148 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto de Seguros Sociales, ISS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 11. Funciones del Presidente.- El Presidente del Instituto tendrá a su cargo las siguientes funciones

1.

Dirigir, coordinar, controlar y orientar la acción administrativa del Instituto y ejecutar los planes, programas y disposiciones del Consejo Directivo;

2.

Someter a consideración del Gobierno Nacional la aprobación de los estatutos del Instituto, así como la estructura interna del mismo;

3.

Ejercer la representación legal del Instituto y suscribir los actos y contratos necesarios para el desarrollo de sus funciones;

4.

Preparar los estudios y los proyectos de reglamentación de los Seguros Sociales Obligatorios y de la prestación de los servicios, para aprobación del Consejo Directivo;

5.

Organizar, dirigir y controlar la inscripción de afiliados, la facturación y el recaudo de aportes, con arreglo a las disposiciones del Consejo Directivo;

6.

Coordinar la ejecución de planes de acción conjunta con otras entidades de administración de seguros sociales obligatorios y con las demás sujetas a las normas del Sistema Nacional de Salud, en materia de prestación de servicios asistenciales;

7.

Elaborar y presentar a consideración del Consejo Directivo los proyectos de modificación de la estructura del Instituto y de su planta de personal;

8.

Consolidar los planes y programas seccionales o regionales para la elaboración del plan nacional de actividades del Instituto, y someterlo a consideración del Consejo Directivo;

9.

Nombrar el personal del Instituto, efectuar los traslados, promociones y remociones y aplicar el régimen disciplinario con arreglo a las normas vigentes;

10.

Delegar en los Gerentes Seccionales y en general en el personal del Instituto, el ejercicio de algunas de sus atribuciones, de conformidad con las autorizaciones del Consejo Directivo;

11.

Coordinar la elaboración del anteproyecto del presupuesto de gastos y adquisiciones a nivel nacional, seccional y regional, teniendo en cuenta las proyecciones de ingresos, y consolidar tales anteproyectos para la presentación del proyecto general que debe aprobar el Consejo Directivo;

12.

Reglamentar y ejecutar las decisiones del Consejo Directivo;

13.

Cumplir y hacer cumplir los estatutos del Instituto y las normas vigentes relativas a la seguridad social;

14.

Implantar la sistematización e informática en todas las áreas del Instituto, con el objeto de lograr el adecuado control de la entidad y un sistema moderno de información gerencial;

15.

Dirigir y coordinar el personal de la entidad y la prestación de servicios de la misma;

16.

Someter a consideración del Consejo Directivo el proyecto de incremento salarial de los trabajadores oficiales;

17.

Las demás que le asignen la ley o los estatutos, o le delegue el Consejo Directivo. CAPITULO III DE LOS SERVICIOS MEDICO - ASISTENCIALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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