Leguminosas de grano. Para efectos del artículo 1° de la Ley 114 del 4 de febrero de 1994, se entiende por leguminosas de grano las especies de fríjol, arveja, lenteja, garbanzo, haba y fríjol soya.
(Decreto número 1592 de 1994, artículo 1°)
Leguminosas De Grano
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Leguminosas de grano. Para efectos del artículo 1° de la Ley 114 del 4 de febrero de 1994, se entiende por leguminosas de grano las especies de fríjol, arveja, lenteja, garbanzo, haba y fríjol soya.
(Decreto número 1592 de 1994, artículo 1°)
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.